Los titulares de una Tarjeta Verde pueden presentar una solicitud para sus hijos menores y adultos solteros. Sin embargo, estos niños enfrentan tiempos de espera más largos que los “familiares inmediatos”. La distinción de beneficios significa que los tiempos de procesamiento de estas peticiones pueden ser más prolongados en comparación con los de los familiares inmediatos.

Además, los hijos menores y adultos solteros patrocinados por titulares de tarjetas verdes pueden enfrentar desafíos si surgen problemas como la estadía vencida de la visa o el empleo no autorizado dentro de los Estados Unidos. En tales casos, estos niños podrían estar potencialmente sujetos a prohibiciones de inmigración, que son restricciones legales que podrían afectar significativamente su capacidad para ingresar o mantener la residencia en el país. Esto subraya la importancia de una mayor conciencia entre los titulares de la Tarjeta Verde sobre los posibles obstáculos que sus hijos podrían enfrentar. Con IBP Immigration Law, obtendrá abogados con experiencia que facilitan la inmigración. Obtenga tranquilidad como titulares de una Tarjeta Verde al saber que sus niños apadrinados están en buenas manos.

El proceso de la tarjeta verde

El proceso comienza con un Formulario I-130 Petición para Familiar Extranjero. Si es elegible, el niño beneficiario también puede solicitar una Tarjeta Verde (Formulario I-485) al mismo tiempo o después de la aprobación de la petición. La oficina local de USCIS puede o no invitar al niño y a los padres a una entrevista para la visa de inmigrante antes de concluir el proceso. Estos niños reciben una tarjeta verde de 10 años tras su aprobación.

Si el niño vive en el extranjero, pasará por el proceso de visa de inmigrante en el extranjero conocido como “Proceso Consular”. El niño tendrá que presentarse en una embajada/consulado de los EE. UU. para una entrevista antes de poder mudarse a los Estados Unidos como residente permanente legal.

Declaración de apoyo

En ambos escenarios descritos anteriormente, el peticionario ciudadano estadounidense debe actuar como patrocinador financiero. Este paso del proceso requiere que el ciudadano estadounidense presente una Declaración Jurada de Manutención (Formulario I-864) para demostrar ingresos suficientes para mantener al niño extranjero en los Estados Unidos. Si el ciudadano estadounidense no tiene los ingresos requeridos, puede agregar un patrocinador conjunto al caso.

Es importante hablar con un abogado de inmigración calificado para asegurarse de realizar el proceso correctamente la primera vez. El proceso puede ser costoso y lento. Los problemas pueden provocar retrasos e incluso denegaciones.

La abogada Ingrid Borges Perez habla
inglés, portugués y español.

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Creo que cada inmigrante
es un futuro estadounidense.

Espero que emprendamos este viaje juntos y
poder ofrecerles un resultado exitoso.

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